Reforma fiscal: nuevas retenciones salariales y deducciones fiscales

A partir del 1 de enero del 2015 entraran en vigor las nuevas retenciones salariales y deducciones fiscales que contempla la Reforma Fiscal. Así, se reducen los tipos en todos los tramos del IRPF (una rebaja media del 12,5%); bajan las retenciones por actividades profesionales y actividades económicas; se reducen las retenciones para administradores de sociedades; y se crean tres nuevas deducciones por família numerosa o personas con discapacidad a cargo.

Rebaja del IRPF

Las retenciones salariales se adaptarán a la rebaja media del 12,5% que supone la reforma del IRPF para 20 millones de contribuyentes. Se elevan los umbrales de retención y se ha incorporado la nueva escala de retención con tipos marginales inferiores. Quedará así:

IRPF 2015-2016 GEMAP

La reforma fiscal en su totalidad (incluido el Impuesto sobre Sociedades) pondrá en manos de los contribuyentes 9.000 millones de euros en dos años.

Autónomos y administradores de sociedades

Las retenciones por actividades profesionales y actividades económicas (autónomos) bajarán del 21% al 19% en 2015 y al 18%, en 2016. Se incorpora también el nuevo tipo del 15% para profesionales con menores importes de rendimientos íntegros (15.000 euros anuales). El tipo de retención para administradores de entidades cuya cifra de negocios sea inferior a 100.000 euros pasará del 42% actual al 20% en 2015 y al 19% en 2016. Para los que sea superior el tipo será del 37,5%.

Deducciones a las famílias

Como consecuencia de la reforma del IRPF, a partir del 1 de enero de 2015 existirán tres nuevas deducciones (impuestos negativos que operarán de forma análoga a la deducción por maternidad), aplicable por trabajadores por cuenta propia o ajena integrados en una familia numerosa o con un descendiente o ascendiente con discapacidad por el que tenga derecho al mínimo correspondiente (33% o más).

Por cada una de ellas, se tendrá derecho a una deducción acumulable, de 1.200 euros anuales. Al igual que la deducción por maternidad (otro impuesto negativo perfectamente compatible con los nuevos), que se mantiene, será posible solicitar a la Agencia Tributaria la percepción anticipada de las nuevas deducciones, de forma que puedan cobrarse a razón de hasta 100 euros al mes por cada una de ellas, a las que se tenga derecho.

Para cualquier duda o aclaración, estamos a su disposición. Contacte con nosotros.

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