2016: Año de sentencias singulares

El 2016 ha sido un año de hitos judiciales, detallamos a modo de resumen algunas de las resoluciones judiciales que más repercusión han tenido durante el año ya vencido y que sin duda tendrán trascendencia en este nuevo 2017.

1. Cláusula suelo:

¿El banco me ha cobrado de más, tengo derecho a reclamar mi dinero?
La sentencia dictada por el TJUE de fecha 21 de diciembre de 2016 ha determinado que no es posible establecer límites temporales a la devolución de las cantidades cobradas por los bancos por la aplicación de la llamada Cláusula Suelo. Este hecho abre las puertas para recuperar su dinero.
No dude en contactar con GEMAP si usted es perjudicado, o lo ha sido por la aplicación de la Cláusula suelo. Podemos ayudarle a recuperar su dinero.

2. Cláusula de atribución de gastos:

¿Puedo reclamar los gastos que pagué cuando firme mi hipoteca?
La sentencia del TS supremo de fecha 23 de diciembre de 2015 declara abusiva la Cláusula contenida en prácticamente todas las escrituras de hipoteca por la que la entidad Bancaria repercute al consumidor, todos los gastos relativos a la formalización de la hipoteca, siendo esta quien debería haberlos asumido.
Desde GEMAP nos ponemos a su disposición para asesorarle sobre la manera de recuperar su dinero.

3. Ley de Segunda Oportunidad:

¿Puedo reclamar los gastos que pagué cuando firme mi hipoteca?
¿Mi situación económica es insostenible, puedo optar a una segunda oportunidad?
La sentencia dictada por la Audiencia Provincial De Mallorca, nº 260 de 21 de septiembre de 2016 abre una nueva oportunidad para todas aquellas personas que por determinas circunstancias han perdido todo su patrimonio y continúan acumulando deuda. Concretamente establece una novedosa interpretación de la Ley de la Segunda Oportunidad 25/2015, de 28 de julio, al respecto de la dudas de derecho público, concretamente las derivadas de la Hacienda Pública y la Seguridad Social entre otros, las cuales aunque aparentemente se han de excluir de cualquier exoneración de deudas, este tribunal establece la posibilidad de exonerarla argumentado, de una manera arriesgada, que lo contrario no sería una autentica segunda oportunidad.
Desde GEMAP podemos asesorarle sobre cuál es la mejor manera de acogerse a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad. No dude en contactar con nosotros.

4. Prestación por maternidad:

¿Tributa por IRPF o se puede solicitar la devolución de lo declarado en renta?
El pasado mes de noviembre 2016 una sentencia del TSJ de Madrid hizo saltar las alarmas oponiéndose a la interpretación de la Agencia Tributaria por la cual, la prestación por maternidad de la Seguridad Social debe ser considerada como rendimientos del trabajo afectos a tributación por IRPF. Esta nueva argumentación abrió una vía a la solicitud, por parte de más de un millón de contribuyentes, de la devolución de lo tributado por este concepto en sus declaraciones de renta de los últimos 4 años.
Desde GEMAP podemos asesorarle en su caso concreto y valorar la viabilidad de su reclamación.

5. Dación en pago:

¿Si el banco me quita la casa he de seguir pagando?
La reciente sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Barcelona el pasado 7 de diciembre de 2016 ha declarado nula por abusiva la cláusula establecida en un préstamo hipotecario por la cual el deudor, en caso de impago, ha de responder con todos sus bienes restantes, presentes y futuros, del importe pendiente de la hipoteca aunque el banco ya se haya adjudicado su vivienda.
Esta sentencia establece la dación en pago por la vía judicial, ya que al declararse nula la cláusula por la que el consumidor responde con sus bienes presentes y futuros, con la entrega de la vivienda se ha de considerar saldada la deuda.
Desde GEMAP podemos asesorarle si usted se encuentra en esta situación, contacte con nosotros.

 

Le recordamos que nuestro Servicio Jurídico está a su disposición para cualquier duda o circusntancia que lo precise.

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